Artículo 18 de la declaración universal de los derechos humanos

Quién redactó la declaración universal de los derechos humanos

Los dos instrumentos internacionales de derechos humanos más importantes relacionados con la libertad religiosa son la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH)1 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).2

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Los derechos y libertades recogidos en la DUDH se han desarrollado en una serie de instrumentos internacionales vinculantes, entre los que destaca, para esta investigación, el PIDCP. La libertad religiosa se encuentra de nuevo en el artículo 18, que establece en su totalidad

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho comprende la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.

Declaración universal de los derechos humanos wikipedia

Marziya escribe:Imagínate: Un aborigen sentado, con una cadena delante. Sostiene un cartel que dice: “Perdóname por haber nacido en una nación de racistas”: Un grupo de jóvenes de pie con los puños en alto. Entre ellos, sostienen una pancarta que dice Hands Up Don’t Shoot #BlackLivesMatter.  Imagina: Una mujer coloca una vela en el suelo, frente a la imagen de un refugiado asesinado en un centro de detención.Imagina: Dos ancianos se apoyan el uno en el otro, sus labios se rozan, banderas arco iris alrededor de sus hombros. En el fondo se ve un cartel del SÍ. Algunas de las imágenes más impactantes que han surgido de las protestas han sido momentos de fuerza silenciosa.

Ni siquiera tenemos que buscar mucho. Al fin y al cabo, no hace tanto tiempo que los aborígenes e isleños del Estrecho de Torres tenían leyes estrictas sobre dónde y cuándo podían ir. He sido testigo del acoso y el exceso de vigilancia de los habitantes de las Primeras Naciones que participan en las protestas, o incluso de los que a veces están en la periferia. En la actualidad, una condición para muchos solicitantes de asilo y refugiados que se encuentran en la comunidad les impide participar en cualquier actividad de protesta.No podemos pretender que nuestras protestas sean realmente libres, no cuando reconocemos que ciertos grupos de personas siguen conservando derechos por encima de los que, en la mayoría de los casos, son los directamente afectados por una cuestión concreta. No podemos pretender que tenemos realmente libertad de reunión cuando tenemos personas encerradas en centros de detención y hoteles, cuyos únicos canales con el mundo exterior son escrutados y se aplican medidas punitivas a quienes se manifiestan.Lo que sí podemos hacer, sin embargo, es asegurarnos de que aquellos a quienes se les niega este derecho no sigan siendo, como describe Arundhati Roy, “los deliberadamente silenciados, o los preferiblemente no escuchados”. Como fotógrafa, reconozco entonces que parte de mi trabajo no consiste sólo en fotografiar lo que sucede, sino también en fotografiar las ausencias. En la protesta podemos hacer que lo invisible aparezca más aparente, ya sea recordando los nombres de los que han muerto bajo custodia, o transmitiendo los mensajes de aquellos a los que se les niega este derecho.

Artículos declaración universal de los derechos humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento internacional adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas que consagra los derechos y libertades de todos los seres humanos. Redactada por un comité de la ONU presidido por Eleanor Roosevelt, fue aceptada por la Asamblea General como Resolución 217 durante su tercera sesión, el 10 de diciembre de 1948, en el Palacio de Chaillot de París (Francia)[1] De los 58 miembros de las Naciones Unidas en aquel momento, 48 votaron a favor, ninguno en contra, ocho se abstuvieron y dos no votaron[2].

Durante la Segunda Guerra Mundial, los Aliados -conocidos formalmente como las Naciones Unidas- adoptaron como objetivos básicos de guerra las Cuatro Libertades: libertad de expresión, libertad de religión, libertad del miedo y libertad de la miseria. [17][18] Hacia el final de la guerra, se debatió, redactó y ratificó la Carta de las Naciones Unidas para reafirmar “la fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana” y comprometer a todos los Estados miembros a promover “el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos”. [19] Cuando las atrocidades cometidas por la Alemania nazi se hicieron plenamente evidentes después de la guerra, el consenso en la comunidad mundial fue que la Carta de la ONU no definía suficientemente los derechos a los que se refería[20][21] Se consideró necesario crear una declaración universal que especificara los derechos de las personas para hacer efectivas las disposiciones de la Carta sobre los derechos humanos[22].

Convenio Europeo de Derechos Humanos

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se ha traducido a más de 350 idiomas en todo el mundo, y a más de 100 idiomas africanos.  El texto completo de sus 30 artículos en inglés puede encontrarse haciendo clic en los siguientes enlaces.

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.