Articulo 5 de la declaracion universal de los derechos humanos

Violaciones de los derechos humanos

Los traumáticos acontecimientos de la Segunda Guerra Mundial pusieron de manifiesto que los derechos humanos no siempre se respetan de forma universal. El exterminio de casi 17 millones de personas durante el Holocausto, incluidos 6 millones de judíos, horrorizó al mundo entero. Después de la guerra, los gobiernos de todo el mundo hicieron un esfuerzo concertado para fomentar la paz internacional y prevenir los conflictos. El resultado fue la creación de las Naciones Unidas en junio de 1945.

En 1948, los representantes de los 50 Estados miembros de las Naciones Unidas se reunieron bajo la dirección de Eleanor Roosevelt (Primera Dama de los Estados Unidos 1933-1945) para elaborar una lista de todos los derechos humanos de los que deberían disfrutar todas las personas del mundo.

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas anunció la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH): 30 derechos y libertades que nos pertenecen a todos. Siete décadas después, los derechos que incluían siguen siendo la base de toda la legislación internacional sobre derechos humanos.

Eleanor Roosevelt estuvo muy implicada en la defensa de los derechos civiles y el activismo social. Fue nombrada presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU que redactó la DUDH. En el décimo aniversario de la DUDH, Eleanor pronunció un discurso en las Naciones Unidas titulado “¿Dónde empiezan los derechos humanos?”. Parte de su discurso se ha hecho famoso por captar la razón por la que los derechos humanos son para cada uno de nosotros, en todas las partes de nuestra vida cotidiana:

Derechos humanos artículo 1

Recordando la Decisión 115 (XVI) de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno en su Decimosexta Sesión Ordinaria, celebrada en Monrovia, Liberia, del 17 al 20 de julio de 1979, sobre la preparación de “un anteproyecto de Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que prevea, entre otras cosas, la creación de organismos para promover y proteger los derechos humanos y de los pueblos”;

Considerando la Carta de la Organización de la Unidad Africana, que estipula que “la libertad, la igualdad, la justicia y la dignidad son objetivos esenciales para la realización de las legítimas aspiraciones de los pueblos africanos”;

Reafirmando el compromiso que asumieron solemnemente en el artículo 2 de dicha Carta de erradicar de África todas las formas de colonialismo, de coordinar e intensificar su cooperación y sus esfuerzos para lograr una vida mejor para los pueblos de África y de promover la cooperación internacional teniendo en cuenta la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos;

Teniendo en cuenta las virtudes de su tradición histórica y los valores de la civilización africana que deben inspirar y caracterizar su reflexión sobre el concepto de los derechos humanos y de los pueblos;

Artículos sobre derechos humanos

Steven, un joven con autismo, necesitaba cuidados temporales mientras su padre estaba enfermo. El padre suponía que su hijo se quedaría en su casa de reposo habitual, pero el ayuntamiento ingresó a Steven en una unidad especializada debido a la preocupación por su comportamiento. Su padre esperaba que fuera un traslado temporal y que Steven volviera a casa en unas semanas. Cuando el ayuntamiento insistió en mantenerlo en la unidad durante más tiempo, su padre impugnó esta decisión. Steven llevaba casi un año internado en la unidad cuando el Tribunal de Protección (un tribunal especializado del Tribunal Superior que se ocupa de los asuntos relacionados con las personas que carecen de capacidad mental para tomar decisiones por sí mismas) dictaminó que el ayuntamiento había vulnerado sus derechos del artículo 5 y le había privado ilegalmente de su libertad. La orden judicial permitió a Steven volver a su casa.

3. Toda persona detenida o retenida con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del apartado 1 del presente artículo será llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá derecho a ser juzgada en un plazo razonable o a ser puesta en libertad en espera de juicio. La puesta en libertad podrá estar condicionada por las garantías de comparecencia en el juicio.

Los derechos humanos en la ONU

Artículo 12: Privacidad y derecho al hogar y a la vida familiar.  Nadie tiene derecho a entrar en nuestra casa, abrir nuestro correo o entrometerse en nuestras familias sin una buena razón. También tenemos derecho a ser protegidos si alguien intenta dañar injustamente nuestra reputación.

Artículo 18: Libertad de creencia (incluidas las creencias religiosas).  Toda persona tiene la libertad de pensar o creer lo que quiera, incluido el derecho a las creencias religiosas. Tenemos derecho a cambiar nuestras creencias o religión en cualquier momento, y a practicar pública o privadamente la religión que hayamos elegido, solos o con otros.

Artículo 19: Libertad de expresión y derecho a difundir información.  Toda persona tiene derecho a tener sus propias opiniones y a poder expresarlas libremente. Debemos tener derecho a compartir nuestras ideas con quien queramos y de la forma que elijamos.

Artículo 20: Libertad para asociarse y reunirse con otros de forma pacífica.  Todos deberíamos tener derecho a formar grupos y organizar reuniones pacíficas. Nadie debe ser obligado a pertenecer a un grupo si no lo desea.